¿Te quieres casar? En Vallecas, es sencillo

Por: Carleth Morales 

            Llaga la primavera y con ella las bodas, cuyo trámite legal es bastante más sencillo de lo que muchos piensan. Se puede hacer en las Junta Municipales de Distrito, la misma donde sacamos el padrón o se debaten los asuntos locales. Sí, porque los alcaldes, que tienen la potestad de celebrar matrimonios civiles, también pueden delegar la función en los Concejales Presidentes de Distrito. Por ello, para los vallecanos, casarse en su Junta Municipal de Puente o Villa, es muy fácil, sólo tienen que seguir los siguientes pasos.

            Para contraer matrimonio en cualquiera de las sedes de los distritos municipales es preciso reservar fecha y hora de celebración. Eso lo primero. Sin embargo, el ayuntamiento de Madrid pone a disposición de la ciudadanía la pre-reserva de fecha de celebración del matrimonio civil a través del servicio de cita previa, mientras los novios arreglan los documentos. Lo pueden hacer en línea, a través de la web municipal, seleccionando en el tipo de servicio «Matrimonios civiles».     

¿Cuánto cuesta?

            Es gratuito, excepto la celebración de matrimonios civiles en sábado que está sujeta al pago de una tasa. La cuota durante el año 2019 es de 120 euros (Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración en sábado de Matrimonios Civiles) y su pago se realiza con carácter previo a la celebración del matrimonio.

¿Cómo realizar el trámite?

            Los novios deben tramitar previamente el correspondiente expediente matrimonial en el Registro Civil Único, aportando la documentación que se indica en el trámite «Celebración de matrimonio civil en el Registro Civil». En este expediente previo, los contrayentes deben manifestar si así lo desean, su voluntad de que el enlace sea autorizado por la autoridad municipal, que en Madrid es el Concejal Presidente del Distrito que elijan.

            Si han hecho la pre-reserva, deben confirmarla presencialmente acudiendo, cualquiera de los dos contrayentes u otra persona en su nombre, al Distrito elegido en un plazo máximo de 2 días hábiles a contar desde el día siguiente de la realización de la pre-reserva, con la documentación señalada en el apartado «Documentación». En caso de no acudir presencialmente en dicho plazo, la pre-reserva quedará anulada.

            Se les entregará un justificante con los datos personales, fecha y hora reservada, con expresa mención de que la reserva está condicionada a la conclusión del expediente.

¿Qué documentación debo aportar? 

            Para la reserva de fecha y hora de celebración se deberá presentar el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de los contrayentes. También deben presentar la fotocopia del documento que acredite la identidad de dos testigos (DNI, pasaporte o tarjeta de residencia), así como la fotocopia del resguardo emitido por el Registro Civil de Madrid para la retirada del expediente matrimonial.

            La fecha asignada por el Distrito estará sujeta a la finalización de los trámites por el Registro Civil. Finalizada la instrucción del expediente por el Registro Civil, este remitirá al Distrito un oficio notificando la autorización para la celebración del matrimonio junto con la relación de los datos de los contrayentes que deben figurar en el acta de celebración, aunque normalmente este oficio se entrega a los contrayentes, quienes lo hacen llegar a los servicios municipales.

¿Cómo y cuándo es la ceremonia?

            El acto se desarrolla en los lugares habilitados, de lunes a sábado, con arreglo a los horarios que fije cada Distrito y será celebrado con carácter general, por el Concejal Presidente o, en su caso, por el titular del Área de Gobierno autorizado.

            Si la celebración coincidiera con algún día festivo, se traslada al mismo día de la semana siguiente. Durante el mes de agosto los matrimonios se celebran únicamente en los Distritos y días señalados en el calendario anualmente publicado.

            En Villa de Vallecas, el horario de celebración en 2019 (salvo el mes de agosto) es de 12:00 a 14:15 horas el tercer jueves del mes, aunque en abril es el segundo jueves. Si se escoge el sábado, será el tercer sábado de cada mes, de 11:00 a 14:00 horas, salvo abril que es el segundo sábado. 

            En Puente de Vallecas, el horario de celebración en 2019 (salvo el mes de agosto) es de 11:00 a 14:00 horas el primer jueves del mes, aunque en mayo y diciembre es el segundo jueves, y en noviembre es el cuarto jueves. Si se escoge el sábado, será el primer sábado de cada mes, de 10:30 a 14:00 horas, salvo enero, mayo y diciembre, que es el cuarto sábado.

            Hay que tomar en cuenta que los días15 de junio y 5 de julio de 2019 no se podrán efectuar reservas para la celebración de matrimonios civiles, ante la posibilidad de coincidencia con la Sesión Constitutiva de la nueva Corporación Municipal resultante de las próximas elecciones municipales.

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